El SAT da una nueva prórroga para la obligación de la Manifestación de Valor Electrónica
Los importadores tienen dos meses más de prórroga para cumplir con la obligación de la presentación de la Manifestación de Valor Electrónica a través de la Ventanilla de Comercio Exterior (Vucem). El Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó que será hasta el 31 de julio cuando entre en vigor su obligación.
Esta es la segunda prórroga que publica la autoridad. Originalmente entraba el pasado 31 de marzo y se pospuso para el 31 de mayo y entrar en vigor el 1 de junio.
¿Qué es la Manifestación de Valor Electrónica?
Es un conjunto de documentos digitales en el que importadores, bajo protesta de decir la verdad, declaran el valor real y completo, además de la trazabilidad, de mercancías que ingresan a México desde el extranjero.
Con reformas a las reglas de comercio exterior y a la ley aduanera, el trámite pasa a ser 100% digital. Los importadores son los oficialmente responsables de cumplir con la Manifestación, pues conocen los términos y las negociaciones de compra-venta internacional; antes lo hacían, mayormente, los agentes aduanales. Algunas empresas ya adoptaron tecnologías con IA para cumplir con estas obligaciones, pero las que no, primero deben digitalizar toda una serie de documentos y procesos para lograrlo, además de capacitar a personal.
Ya se habilitó la Manifestación de Valor en la Ventanilla Única de Trámites de Comercio Exterior
El SAT, en coordinación con la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM), realizó las gestiones para que el trámite se presente por los usuarios de comercio exterior a través de la Ventanilla Única de Trámites de Comercio Exterior (VUTCE).
El SAT destacó la mitigación de riesgos, revisiones más ágiles y ahorros económicos entre las ventajas de hacer digital este proceso.
“Cabe recordar que la MVE se encuentra disponible para su presentación electrónica desde el 1 de agosto de 2025. No obstante, con la finalidad de que los usuarios de comercio exterior cuenten con las herramientas necesarias para cumplir con esta obligación de forma oportuna, mediante la Primera Versión Anticipada de la Segunda Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2026, publicada en el Portal del SAT el 2 de junio de 2026, se amplió la obligatoriedad de su presentación electrónica hasta el 31 de julio del presente año”, destacó el SAT en un comunicado.
