SAT aclaró los rumores sobre un nuevo impuesto al aguinaldo en 2025

En los últimos días ha circulado en redes sociales la versión de que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) aplicará un nuevo impuesto al aguinaldo en 2025, lo que ha generado dudas entre los trabajadores sobre si este beneficio laboral tendrá retenciones adicionales. Pero ¿es real?
¿El SAT aplicará un nuevo impuesto al aguinaldo en 2025?
De acuerdo con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), no existe ninguna iniciativa, reforma ni disposición oficial que modifique la manera en que se grava el aguinaldo.
El SAT reiteró que no se ha aprobado ningún cambio en la legislación fiscal vigente respecto al aguinaldo, y que toda la información que circula al respecto es falsa.
La confusión se originó por publicaciones virales en redes sociales que afirmaban, de manera incorrecta, que el SAT comenzaría a retener una parte del aguinaldo como nuevo impuesto.
La ley vigente define de forma clara cómo se grava el aguinaldo.
Desde 2014, el artículo 93 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) establece que esta prestación está exenta de impuestos hasta el equivalente a 30 días de salario mínimo general. En otras palabras, sólo el excedente de ese monto está sujeto al pago del ISR.
“Las gratificaciones que reciban los trabajadores de sus patrones, durante un año, están exentas hasta el equivalente de 30 días de salario mínimo general”, establece la ley.
Esto aplica siempre que el aguinaldo se otorgue de manera general a todos los trabajadores. El excedente, si lo hay, se grava conforme al régimen fiscal correspondiente.
El SAT pidió a la ciudadanía consultar únicamente fuentes oficiales para temas relacionados con impuestos y obligaciones fiscales. Toda la información válida se difunde a través de sus canales verificados:
Comunicados en el Diario Oficial de la Federación
Sitio web oficial: www.sat.gob.mx
Redes sociales del SAT y la SHCP
¿Cuánto puedes recibir de aguinaldo sin pagar ISR?
El aguinaldo sigue siendo una prestación laboral obligatoria establecida en la Ley Federal del Trabajo, la cual señala que debe entregarse antes del 20 de diciembre de cada año y equivaler al menos a 15 días de salario.
El monto exento de ISR se determina con base en el salario mínimo general vigente.
Por ejemplo, si tu aguinaldo es de 3,000 pesos, no pagas impuestos porque está por debajo del tope exento de 3,394.20 pesos. En cambio, si recibes 5,000 pesos, solo 1,605.80 se considera excedente y paga ISR.
Es importante saber que tu patrón o empresa realiza automáticamente este cálculo y retención, por lo que no necesitas hacer ningún trámite adicional ante el SAT.
