Ordenan a Fernández Noroña desbloquear a usuario de X tras amparo

Ordenan a Fernández

Un juez federal ordenó al presidente del Senado, Gerardo Fernández Noroña, desbloquear en la red social ‘X’ a Ángel Hernández Hernández, usuario que comentó una de sus publicaciones en 2019 y a quien posteriormente le restringió el acceso a su cuenta.

Israel Flores Rodríguez, titular del Juzgado Séptimo de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo en Puebla, resolvió conceder el amparo solicitado por Hernández, al considerar que los comentarios críticos, por duros o provocadores que sean, no constituyen abuso por parte de los usuarios en una red social.

El conflicto inició cuando Fernández Noroña, entonces diputado federal por el Partido del Trabajo, escribió en ‘X’ un mensaje en el que se refería despectivamente a algunos expresidentes. Ante ello, Ángel Hernández le respondió con un primer comentario.

El juez también consideró otras interacciones de Noroña con el usuario. En uno de ellos escribió: “¿Pa’ cuándo te pones a jalar mejor?”, en respuesta a un mensaje en el que el senador relataba una compra de artesanías.

En su defensa, Fernández Noroña justificó el bloqueo señalando que el ciudadano lo difamaba, lo acosaba, lo ofendía y ejercía actos de intimidación en su contra.

Usuario gana amparo

En su resolución, el juez determinó que los comentarios realizados por el quejoso en la red social no pueden considerarse vejatorios, ofensivos, insultantes, impertinentes ni discriminatorios.

“Tampoco se se observa que las expresiones se encuentren encaminadas a un discurso del odio, pues se infiere que no van más allá de la mera expresión de una idea o una opinión, ya que no generan un clima de discriminación y violencia hacia el servidor público”.

El juzgador también subrayó que fue el propio legislador de Morena quien se expuso al escrutinio público al elegir esa plataforma digital como vía de interacción con la ciudadanía, sin demostrar la necesidad de proteger el contenido que publica en su cuenta personal de Twitter frente al acceso de la sociedad.

“En este sentido, el umbral de protección del derecho a la privacidad del que gozan las personas privadas y sus respectivas cuentas en redes sociales se vio afectado por la voluntad del propio Diputado Federal, al decidir utilizar su cuenta de Twitter como un canal de comunicación con la sociedad”.

“De tal forma que, al ser una persona pública y particularmente un funcionario público, su derecho a la intimidad se ve desdibujado en aras de favorecer el derecho a la información. Bloquear el acceso a un ciudadano a los contenidos ahí publicados representa una restricción indebida a su derecho al acceso a la información. En consecuencia, resulta pertinente determinar que, en este caso, debe prevalecer el derecho a la información de la parte quejosa sobre el derecho a la intimidad del servidor público. Reiterando que la obligación de que este último desbloquee al quejoso no resulta desproporcionada ni afecta indebidamente sus derechos”, sentenció.

¿Qué decían los comentarios que hicieron enojar a Noroña?

En 2019, Fernández Noroña, entonces diputado federal del Partido del Trabajo, bloqueó en la red social ‘X’ a Ángel Hernández, luego de que este le escribiera una grosería.

En aquella ocasión, escribió en Twitter: “Aller me escribe un derechoso. Háganme el cabrón favor. Por eso apoyan al cabeza hueca @VicenteFoxQue y al licenciado en fraudes y alcoholes @FelipeCalderon”.

Ante ese mensaje, Ángel Hernández respondió: “¿No tienes algo mejor que hacer? ¿No te cansas de humillarte solo? Si me bloqueas eres […]”.

Más tarde, la cuenta @fernandeznorona publicó otro tuit: “Vamos hacia Toluca, a Casart, realizaré una compra de pánico de arte popular mexiquense y me regresaré al D.F.”.

A esto, Hernández Hernández le respondió: “@fernandeznorona Y eso es lo más productivo que has hecho ¿Pa´ cuándo te pones a jalar mejor?”.

SCJN ordena a Winckler desbloquear a periodista de LSR Veracruz en Twitter

Contexto: la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió un resolutivo al señalar que el exfiscal de Veracruz, Jorge Winckler, debía desbloquear al periodista de La Silla Rota Veracruz, Miguel Ángel León Carmona en Twitter.

La decisión, tomada por unanimidad el 20 de marzo de 2019, establece que bloquear a un periodista en redes sociales por expresar críticas u opiniones constituye una violación a los derechos fundamentales de libertad de expresión y acceso a la información.

“En la resolución se sostuvo que el bloqueo corresponde a un acto de autoridad que implica una restricción indebida al derecho de acceso a la información del periodista”, se lee en un comunicado de la SCJN.

El tribunal reconoció que las cuentas oficiales de funcionarios públicos en redes sociales son espacios de comunicación con la sociedad y, por lo tanto, los bloqueos injustificados limitan indebidamente el derecho a la información. En el fallo se subrayó que, aunque los funcionarios tienen derecho a la privacidad, este debe ceder ante el interés público cuando se trata de cuentas institucionales.

El amparo otorgado a León Carmona obliga a Winckler, incluso después de haber dejado el cargo, a desbloquear al periodista y respetar el derecho de crítica.

La Suprema Corte aclaró que los bloqueos solo pueden justificarse en casos donde existan comportamientos abusivos, como amenazas o incitación a la violencia, pero no por opiniones o críticas.